El 26 de Marzo de 2025, se publicó en el Diario Oficial la Reforma Previsional, la cual considera importantes cambios que tienen como objetivo final mejorar las pensiones de las y los trabajadores.
Esto va a generar cambios en el actual archivo de Previred (TXT) para poder declarar los pagos de las nuevas cotizaciones, además que se agregaran nuevos campos que serán obligatorios.
Esta reforma crea tres nuevos aporte empresa a partir del mes de Agosto 2025 y van a ir incrementando gradualmente hasta el año 2033.
- Aporte Empleador a la Cuenta Individual de los trabajadores (comienza a partir de Agosto 2025 con 0,1% de la renta imponible).
Seguro Social / Compensación por expectativa de vida (comienza a partir de Agosto 2025 con 0,9% de la renta imponible).
Cotización Rentabilidad Protegida (comienza a partir de Agosto 2026 con 0,9% de la renta imponible).
Las nuevas cotizaciones irán incrementando gradualmente hasta el año 2033, según tabla:
* IPS Seguro social en tabla considera 1% para el SS + 1,5% del SIS (esto puede variar en el tiempo)
En caso de que no se logre recaudar los fondos esperados, se evaluará en el año 2029 cambiar la gradualidad, por lo que quedaría de la siguiente manera, según tabla:
* IPS Seguro Social en tabla considera 1% para el SS + 1,5% de SIS (esto puede variar en el tiempo)
Luego de terminar los incrementos a lo largo de los años, las nuevas cotizaciones quedarían de la siguiente forma:
Aporte Empleador a la Cuenta Individual de los trabajadores con un 4,5% de la renta imponible.
Seguro Social (compensación por expectativa de vida) con 1% de la renta imponible más el SIS.
Cotización Rentabilidad Protegida con 1,5% de la renta imponible.
Tratamiento de nuevas cotizaciones en caso de licencia médica
Aporte Empleador a la Cuenta Individual de los trabajadores:
Licencia médica parcial: se calculará el 4,5% de la renta imponible basado en los días trabajados.
Licencia médica completa: la cotización queda a cargo del pagador de subsidios (Isapre o CCAF).
Cotización Rentabilidad Protegida:
- Licencia médica parcial: se calculará el 1,5% de la renta imponible basado en los días trabajados.
- Licencia médica completa: la cotización queda a cargo del pagador de subsidios (Isapre o CCAF).
Seguro Social
- Licencia médica parcial: se calculará el 1% de la renta imponible basado en los días trabajados, a esto se le debe sumar 1% de la renta imponible del mes anterior con 30 días proporcionado a los días de licencia.
- Licencia médica completa: se calculará el 1% de la renta imponible del mes anterior con 30 días.
Cuadro de ejemplo:
¿Quiénes están afectos a las nuevas cotizaciones?
Estas nuevas cotizaciones aplican únicamente a los trabajadores activos menores de 65 años o con invalidez parcial.
Cuadro ejemplo por tipo de trabajador:
Cambios en archivo Previred 105 campos
El archivo de Previred (TXT) será el mismo de 105 campos, se actualizarán los campos que estaban en desuso para estos cambios de reforma previsional.
Debido a la nueva Ley Corta de Isapre se incorpora la Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC). Es un seguro opcional que permite a los afiliados de Fonasa acceder a prestadores privados.
*la institución que se adjudique la licitación del seguro complementario, será la única que podrá ofrecer cobertura bajo esta nueva ley (solo este seguro se podrá pagar en el TXT de Previred).
Los campos en el archivo de Previred (TXT) respecto a Ley Corta quedarán de la siguiente manera:
- Campo 74 se informará el valor en UF (Previred transformará el monto a peso).A contar de mes de Agosto 2025.
- Campo 75 se informará número de FUN/N° de Póliza (MMCC) trabajador Fonasa.A contar de mes de Agosto 2025.
- Campo 76 se debe ingresar el tipo de Póliza (0=Sin información -1=Colectivo- 2=Individual).A contar de mes de Agosto 2025.
Los campos en el archivo de Previred (TXT) respecto a Reforma Previsional ,los cambios serán los siguientes:
- Campo 28 cotización obligatoria de AFP (aporte Trabajador) + 0,1% (aporte empleador) a partir de Agosto de 2025.
- Campo 92 Renta Imponible anterior a la licencia (RIMA) campo obligatorio con movimiento 3=Licencia Común o 6= Licencia por Accidente Laboral
- Campo 93 Tipo de Jornada, campo obligatorio con movimiento 1=Completa o 2= Parcial
- Campo 94 Seguro Social (SS) nueva plantilla IPS , a partir de Agosto de 2025.
- Campo 95 Rentabilidad Protegida nueva planilla IPS, a partir de Agosto de 2026.
Esta es la información general sobre la reforma previsional y los cambios que se deben aplicar. Como se abordara en Talana se irán informando en tiempo y forma.
* Dentro de Talana se deberán aplicar cambios en campos de la ficha, ítems de pago, reportes y formas de cálculo. Actualmente se creó una mesa de trabajo entre las Áreas de Producto y Operaciones para abordar los cambios que se deben aplicar en el sistema
Comentarios
0 comentarios
Inicie sesión para dejar un comentario.