Caso 1.
Cliente: En liquidaciones de septiembre 2024, a trabajador no le está descontando las cotizaciones de AFP y Salud, ¿Qué puede ser?
Validaciones.
- ¿El trabajador tiene licencia médica?
- ¿Su imponible, está topado?
Considerar su última liquidación de 30 días, si no tiene, se deben revisar los datos de sueldo de la ficha del trabajador
Cuando el trabajador tiene una liquidación de sueldo y tiene licencia medica en el mes, se realiza un nuevo cálculo de Renta Imponible que llamaremos “Teórica” o Tope2, esta renta se da tomando datos de su última liquidación de 30 días y valor de la UF actual.
¿Por qué considera una nueva renta teórica?, porque de no ser así, al trabajador se le va a generar una sobre cotización en sus descuentos previsionales, dado que lo restante lo paga la Entidad Subsidiaria.
Como aplica el cálculo:
- Tope Imponible en UF
- Renta Imponible Anterior en UF (última liquidación de 30 días)
- Cantidad de días de Licencia mes actual
Formulación:
tope2 = tope - (rentaImponibleAnteriorUF/30) * diaslicencia
Caso ejemplo https://talanahelp.zendesk.com/agent/tickets/251259
Trabajador tiene una licencia de 30 días y a pesar de tener un ítem imponible en su liquidación actual, le genera un tope imponible en $0 lo que hace que no le descuente AFP y Salud.
En estos casos cuando existe licencia médica, lo que hace el sistema es generar un nuevo tope imponible, considerando su última liquidación de sueldo de 30 días, que en este caso es la de octubre 2023 y se encuentra topada, por lo tanto le da valor $0 en su Renta Imponible actual por lo que no calcula descuentos legales, se detalla el calculo:
tope2 = tope - (rentaImponibleAnteriorUF/30) * diaslicencia
tope2 = 84.3 - (84.3/30)*30
tope2 = 84.3 - 84.3
tope2 = 0
En el mes de octubre 2023 se considera el tope ya que su remuneración imponible lo excede:
- Tope imponible del mes: 2.939.267.-
- Remuneración imponible del mes: 4.471.601.-
- En UF 84.3
No así en el caso del Seguro de Cesantía dado que su tope es distinto: 4.799.459.- por lo que solo paga Seguro de Cesantía.
Imponible mes de septiembre 2024: 200.000 *0.6% = 1.200 Seguro de Cesantía.
No Topada
Caso 2.
Cliente: Trabajador tiene 30 días de LM y se le está descontando AFP y Salud, ¿Cuál es la diferencia?
En este caso, si le considera un total imponible por ende le aplica los descuentos dado que su última liquidación de 30 días no está topada, por lo tanto, considera el imponible del mes.
Es decir, si bien tiene licencia médica por 30 días actualmente, pero tiene ítems en su liquidación de sueldo que son imponibles lo que aplica una Renta Imponible, el trabajador en su última liquidación de 30 días, su imponible fue bajo el tope legal, por lo tanto en esta liquidación de septiembre 2024 si le corresponde el total imponible que figura, en cambio el trabajador (caso 1) a pesar de que tiene ítems imponibles en su liquidación de sueldo de septiembre 2024, al revisar su última liquidación de sueldo de 30 días ésta se encuentra topada, es decir, sus haberes imponibles superan el tope imponible del mes, entonces al calcular su renta imponible para este mes, ésta ya se encuentra topada no permitiendo que figuren los 200.000, esto es para que al trabajador no se le genere una sobre cotización en sus descuentos legales.
Respaldo Legal Limite Imponible de Remuneraciones. file:///C:/Users/Talana/Downloads/Limite%20Imponible%20de%20remuneraciones%20(5).pdf
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