El Seguro de Cesantía protege al trabajador en caso de desempleo y se financia mediante aportes conjuntos del trabajador y el empleador.
1. Financiamiento del Aporte
Trabajador: Aporta el 0,6% de su renta imponible. Este cálculo no cambia aunque exista una licencia médica (Renta imponible del mes × 0,6%).
Empleador: Aporta el 2,4% en contratos indefinidos.
Contratos a Plazo Fijo: El trabajador no realiza aportes; por lo tanto, el empleador asume el pago del 3% completo.
2. Procedimiento de Cálculo para el Empleador
El cálculo del aporte patronal varía según la duración de la licencia médica.
Licencia Médica Parcial
Paso 1 (SC1): Multiplicar la Renta Imponible del mes por 2,4%.
Paso 2 (SC2): Calcular el valor proporcional de la licencia: (Renta Imponible del último mes con 30 días / 30) × Días de LM. Luego, multiplicar este valor renta por 2,4%.
Paso 3 (Total): Sumar SC1 + SC2 para obtener el SC Total a pago.
Licencia Médica de Mes Completo
En este caso, la renta del mes es $0, por lo que el Paso 1 (SC1) no se realiza.
Cálculo Único (SC2): (Renta imponible del último mes con 30 días / 30) × Días de LM × 2,4%.
El SC Total será igual al valor obtenido en SC2.
3. Consideración para Contratos a Plazo Fijo
Si el trabajador posee un contrato a plazo fijo y presenta una licencia médica, el empleador debe calcular el aporte sobre los días de licencia utilizando el 3% (en lugar del 2,4%), basándose en la renta del último mes con 30 días trabajados.
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